Guía de equipaje especial
Normativas, artículos especiales y servicios dedicados
Bicicletas
El transporte de bicicletas no está incluido en la franquicia de equipaje. Se aceptan únicamente como equipaje facturado en bodega. Los pedales deben retirarse o plegarse hacia el interior. Las ruedas pueden desmontarse y fijarse a cada lado del cuadro, y los neumáticos deben permanecer inflados.
Motores de gasolina
El transporte de motores de gasolina no está incluido en la franquicia de equipaje. Los ciclomotores, motocicletas, generadores portátiles, así como cualquier dispositivo que contenga un motor de gasolina, se aceptan para el transporte aéreo siempre que todo el sistema de combustible (carburador, depósito, bomba y tuberías) esté completamente vaciado y seco.
Aceite de cocina
El transporte de aceite de cocina, tanto en bodega como en cabina a bordo de los vuelos de RAM, está estrictamente PROHIBIDO.
Televisores
El transporte de televisores sin embalar está prohibido. Un embalaje sólido es obligatorio. Pueden ser aceptados en la cabina (sujeto al cumplimiento del límite de dimensión de 115 cm) o en la bodega con una etiqueta de "sujeto a condiciones".
Armas y municiones
Transporte únicamente en bodega; las armas deben estar descargadas, documentadas y separadas de su munición. La cantidad debe cumplir con la normativa sobre mercancías peligrosas.
Sillas de ruedas eléctricas
Aceptadas a condición de que: la batería esté fijada de forma segura a la silla de ruedas. Ambos bornes de la batería deben estar desconectados e aislados aplicando cinta adhesiva.
Pasajeros con necesidades especiales
Bebé
Una franquicia de equipaje independiente de 10 kg (excluyendo la franquicia del adulto acompañante). Se acepta además un cochecito plegable o un capazo.
Movilidad reducida
Franquicia de equipaje estándar. Transporte gratuito de su equipo de movilidad (silla de ruedas o andador).
Perro guía
Se aplica la franquicia de equipaje estándar. Su perro guía viaja de forma gratuita a su lado.
Camilla y acompañante
Se permite una pieza de equipaje adicional para cada uno. Mención obligatoria en los billetes.
CBBG
No se autoriza ninguna pieza adicional bajo la franquicia de equipaje para el equipaje de cabina (CBBG).
Asiento adicional
Existen opciones de franquicia de equipaje adicional disponibles para satisfacer sus necesidades específicas de viaje.
Restricciones de equipaje
Marcapasos: Implantados quirúrgicamente; excepcionalmente se permite el transporte de ciertos artículos relacionados.
Medicamentos líquidos: Permitidos en cabina previa presentación de una receta médica a nombre del pasajero.
Líquidos y cremas: Los envases no deben superar los 100 ml y deben colocarse en una bolsa de plástico transparente de 20 cm x 20 cm.
Hielo seco: Utilizado para el embalaje de productos perecederos en cabina, con un límite máximo de 2 kg.
Bebidas alcohólicas y perfumes: Se permite alcohol (hasta 70°), perfumes y colonias, sujeto a límites estrictos de volumen por envase y por pasajero.
Artículos para fumadores: Solo para uso personal. El combustible líquido no absorbido, los encendedores que contengan dicho líquido y los cartuchos de recarga están prohibidos.
Oxígeno: Se autoriza el uso de oxígeno terapéutico.